Al asombro
por la noticia del TSJ de Cataluña se suma la del CGPJ que ve un "ataque sin paliativos" las concentraciones de
políticos catalanes y censura su "estrategia de presión" lo que
revela un insoportable error
jurídico-político. No pueden valorar las convocatorias ante el Palau de
Justicia para apoyar a la exvicepresidenta Srª Ortega y a la consellera Srª
Rigau, citadas como imputadas a declarar como imputadas por organizar el 9N
como una "estrategia de presión" sino como una muestra de apoyo a
imputados de ciertos delitos que son ciudadanos inocentes (art. 24.2 CE78); pero
aun si fueran culpables la solidaridad es un gesto humano irreprochable.
El error jurídico es grave si lo comente una
institución jurídica. Máxime si se aprueba en el Pleno reunido con tanta
urgencia como para no poder esperar a la presencia de tres miembros ausentes.
Aun si fuera una "estrategia
favorecida, diseñada y encabezada por representantes públicos, algunos de ellos
con funciones de gobierno" que por su empleo de políticos tienen derecho a
no ser discriminados (art. 14 CE78), repite el error del TSJ de Cataluña:
ellos, que están obligados a proteger el derecho a la manifestación, no pueden
censurarlo.
Por otro lado
considero injustificada le que la Srª Bach. La Srª Sáez y el Sr. Lucas hayna
abanodonado la sala en vez de votar en contra ¿o no estaban en desacuerdo?
Basta ya de ceremonias pilatescas de lavarse las manos. Señalar que son vocales
designados por el PSOE IU Y PNV y la relación conyugal de la primar con el conseller
catalán de Justicia, Sr. Gordó exige plantearse la disyuntiva: o esa
circunstancia es invalidante o el procedimiento politiza al CGPJ. En cualquier
caso este “complejo de persecución de estos magistrados ¿no indicaría que
revela incapacidad, al menos, coyuntural, para tomar su decisión ecuánime en
estado de afectación?
Dice el comunicado "La Sala de Gobierno no puede permanecer impasible cuando constata que
se convocan manifestaciones y concentraciones a la puerta del Palacio de Justicia
con el objetivo de cuestionar la legitimidad de los jueces y además pretender
influir en su toma de decisiones". Esta afirmación es una falsedad. Los ciudadanos lo que quizá
cuestionan es la judicialización de una actuación política por parte de los
políticos en desacuerdo con esa política.
Por no distinguir algo tan elemental el TSJ y el CGPJ se ponen en evidencia
profesional.
Influir en los demás es algo que se hace a
diario cuando damos consejos, cuando manifestamos nuestro disgusto o alabamos algo,
cuando expresamos nuestro rechazo o apoyo. Esa libertad deberían protegerla el
TSJ y el CGPJ. Otra cosa es la “pretensión doloso” de influir en las decisiones
judiciales que esas no se hacen cara al público sino por vías discretas, como
las de conocimiento reciente sobre una plaza de Profesor de Derecho religioso
en la Universidad de Cantabria que tiene todos los visos de un delito de
prevaricación.
Ver en el ejercicio de un derecho a la
manifestación "un ataque directo y sin paliativos a la independencia
judicial" y decir de él que pone en entredicho uno de los fundamentos del
Estado constitucional como es la independencia judicial, revela incompetencia
profesional. Porque los ciudadanos temen que esa “independencia judicial” esté
afectada, y no precisamente por ellos es por lo que se manifiestan para
recordar a los jueces que esa independencia "no es un privilegio de los
jueces sino una garantía de los ciudadanos" y por eso se manifiestan
reclamándola. La reacción de los jueces viendo en esta reclamación una agresión
y no un apoyo ¿no podría considerarse que revela ya una cierta pérdida de
independencia, al menos subjetiva?
El texto repite los errores jurídicos señalados
en nuestra reflexión de ayer al decir: "Su cuestionamiento resulta aún más
inadmisible cuando responde a una estrategia favorecida, diseñada y encabezada
por representantes públicos, algunos de ellos con funciones de gobierno" y
¿un posicionamiento político al no ver una petición de independencia política?
Lo mucho que les ha afectado personal y psicológicamente ¿no le inhabilita para
juzgar? Pueden fruto de ese error
acusar de injerencia delictiva "a
aquellos que forman parte de los otros poderes, en los que se organiza nuestro
sistema político". O es un delito o es un derecho.
El Gobierno de España aplaudió la actuación del
Fiscal General y ni el TSJ de Cataluña ni el CGPJ dijeron nada por esa injerencia
política. Que el Govern de Catalunya rechazara con esa manifestación las
consecuencias de esa actuación ¿no es el mismo nivel de injerencia política? ¿O
en los órganos judiciales todavía se distingue entre un “j… cojo” y un
“caballero mutilado”?
El CGPJ pone la venda antes de la herida:
"Cuestionar de manera interesada que
la actuación de los Tribunales de Justicia solo se debe a intereses políticos,
promover la desconfianza social y pretender estrategias de presión constituye
una negación de las bases de nuestra convivencia política". La
manifestación es contra la presunta politización de la decisión del FGE,
nombrado por el Gobierno, en favor de la independencia judicial. A los
Tribunales no seles cuestiona por su obligación procesal a admitir la querella
y a realizar las inquisiciones obligadas. Sentirse agredidos siendo la
manifestación contra la existencia de la querella ¿revela un “defectuoso discernimiento jurídico”?,
¿indica una inconsciente politización? Sería grave.
La recomendación de que "solo desde el
respeto a los valores democráticos se puede garantizar el ejercicio y
protección de los derechos fundamentales reconocidos en nuestra
Constitución" parece una viga en ojo propio que ve pajas en el ajeno en
esta queja al ejercicio ciudadano de su constitucional derecho a manifestar
públicamente su opinión ¡que ellos están obligados a proteger y no a censurar
con vanas alharacas!
No descarto estar equivocado pero veo cierta delirio
en esta muestra de desconexión de la realidad objetiva en la manifestación de
la manifiestan su "firme voluntad"
de amparar a los jueces y magistrados del TSJC - ¿alguien se ha manifestado en
su contra? - ante "tan intolerable
actuación" - dígase como exige el art. 368 LEC, razonando con “enlace
preciso y directo según las reglas
del criterio humano” a qué
actuación se refiere yu por qué es intolerable
y, ¡más aun!- por qué afecta a "los
más esenciales principios del Estado de Derecho, como son la independencia
judicial y la separación de los distintos poderes del mismo". ¿
No se han enterado que es una manifestación del pueblo soberano “de donde emanan todos los poderes del Estado (art. 1.2 CE78) ante sus empleados, “convocadas por entidades independentistas, varios centenares de personas, junto a dirigentes de partidos y del Govern, se han concentrado ante el Palau de Justicia para apoyar a Rigau y Ortega y está prevista otra convocatoria el jueves cuando declare el presidente Artur Mas”.
No se han enterado que es una manifestación del pueblo soberano “de donde emanan todos los poderes del Estado (art. 1.2 CE78) ante sus empleados, “convocadas por entidades independentistas, varios centenares de personas, junto a dirigentes de partidos y del Govern, se han concentrado ante el Palau de Justicia para apoyar a Rigau y Ortega y está prevista otra convocatoria el jueves cuando declare el presidente Artur Mas”.
Es penoso este error el CGPJ “Los partidos políticos expresan el
pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad
popular y son instrumento fundamental para la participación política Su creación y el ejercicio de su
actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley.” (art. 6 CE78), pero no son un poder
del Estado. Por eso el TSJ de Cataluña y el CGJPJ deberían seguir el consejo que dan: actuar
con el más escrupuloso respeto de “los más esenciales principios del Estado de
Derecho, como son la independencia judicial y la separación de los distintos
poderes del mismo”, pues dada la función que tienen como empleados
al servicio del ciudadano es más exigible a ellos que a nadie una templada,
sosegada y correcta actuación en lugar de echar ¿las patas al aire? con estas
quejas ¿erróneas?.
Todos los artículos de Alfonso J Vazquez están publicados en su blog:
lareflexiondiaria.blogspot.com, que por supuesto, recomendamos visitar.
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